Registrandote recibires correos con noticias, minutas y artículos de interes general y actualidad.





CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO SERVICIO DOMESTICO



Por Equipo uniderecho.com

Publicado en febrero 26, 2007

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO SERVICIO DOMESTICO

NOMBRE DEL EMPLEADOR: .............................................................................................

DOMICILIO DEL EMPLEADOR: .........................................................................................

NOMBRE DEL TRABAJADOR: ...........................................................................................

OFICIO QUE DESEMPEÑARA EL TRABAJADOR: ..........................................................

...................................................................................................................................................

LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO: ................................................................................

FECHA DE INICIACION DE LABORES: .............................................................................

SUELDO: ................................................................ ($....................)

PAGADERO POR:..............................

DURACION DEL CONTRATO:

a) INDEFINIDO b) A TERMINO FIJO c) POR DIAS

Entre el patrono y el trabajador, se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo, con las condiciones arriba detalladas, regido además, por las siguientes cláusulas: PRIMERA. El patrono contrata los servicios personales del trabajador y éste se obliga: a) Dar su capacidad normal de trabajo, desempeñando por sí mismo las funciones asignadas complementarias en una casa de familia, ya sea que el trabajador resida o no en la misma casa del patrono, de conformidad con las órdenes e instrucciones que le imparta el patrono o sus representantes; b) Durante la vigencia de este contrato, el trabajador no podrá prestar directa ni indirectamente servicios laborales a otros empleadores ni trabajar por cuenta propia en el mismo oficio durante el tiempo que se compromete a destinar al patrono. SEGUNDA. El patrono pagará al trabajador por la prestación de sus servicios, el salario indicado, pagadero con la periodicidad establecida. TERCERA. Los primeros quince días del presente contrato se consideran como período de prueba y por consiguiente, las partes podrán dar por terminado el contrato en cualquier momento durante el mismo, sin previo aviso. No obstante, el trabajador podrá dar por terminado el contrato mediante aviso al patrono con antelación no inferior a treinta días. En caso de no dar el trabajador aviso o darlo tardíamente, deberá al patrono una indemnización equivalente a treinta días de salario o proporcional al tiempo faltante, deducible de su liquidación. CUARTA. El patrono se obliga a dar descanso dominical remunerado, que se encuentra incluido en el sueldo. QUINTA. Son justas causas para poner término a este contrato, unilateralmente, las enumeradas en los artículos 62 y 63 del Código Sustantivo del Trabajo, y además por parte del patrono, las siguientes faltas que para el efecto se califican como graves: a) La ejecución por parte de labores sin autorización del patrono, cuando se trate de servicio doméstico interno, y b) Las repetidas desaveniencias con los integrantes de la familia, como violencia, injuria, malos tratos e indisciplina. c) El abuso de confianza por parte del trabajador, como también sustraer de la casa de familia, elementos, equipos en general, sin permiso del patrono. SEXTA: Este contrato ha sido redactado estrictamente de acuerdo con la ley y será interpretado de buena fe y en consonancia con el Código Sustantivo del Trabajo, con el propósito de lograr la justicia entre patronos dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social. SEPTIMA. El presente contrato reemplaza en su integridad y deja sin efecto alguno, cualquiera otro contrato verbal o escrito celebrado entre las partes con anterioridad. Las modificaciones que se acuerden al presente contrato se anotarán a continuación de su texto.

Para constancia se firma en dos o más ejemplares del mismo tenor y valor, ante testigos en ............................ a los ...... días del mes de ....................... de ...........

EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR
......................................... ..........................................

C.C. No. de .......................... C.C. No. de ..........................