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¿Cuándo se debe recurrir a una demanda de cancelación de título valor?



Por Equipo uniderecho.com

Publicado en mayo 08, 2015

¿Cuándo se debe recurrir a una demanda de cancelación de título valor?

Por lo general se suele creer que cuando un título valor se estropea ya no presta ninguna utilidad, sin embargo si el título se deteriora, pero persisten los datos indispensables para su reconocimiento, existe una acción judicial mediante la cual el tenedor del título puede solicitar:

-Que el título sea repuesto a su costa.
-Que le firmen el nuevo título los suscriptores del título deteriorado, cuando se pruebe que su firma inicial ha sido destruida y tachada.

A este procedimiento se le llama acción de reposición de un título valor, y es posible comenzarlo cuando el deterioro del título valor evite que se pueda continuar moviendo, o cuando se dañe en parte, pero se conserven los datos indispensables para su reconocimiento, así se halla estipulado en el artículo 802 del código de comercio.

Por otra parte a la vez dispone de acción judicial de cancelación el individuo que haya presentado una pérdida, hurto o deterioro completo de un título valor, ante esta circunstancia es viable reclamar la reposición o incluso recurrir a una demanda de cancelación de título valor. Lo que distingue la reposición de la cancelación es que en la primera el título se repone nuevamente, en otras palabras, se realiza de nuevo, mientras que si se cancela, esto significa invalidarlo debido a la pérdida o el hurto del título, dicha invalidación es llevada a cabo por el juez. Para ampliar esta información te invitamos a seguir leyendo sobre demanda de cancelación de título valor.

La demanda de cancelación de un título valor solo es posible solicitarla de títulos a la orden o nominativos, no es factible reclamarla de títulos al portador, porque en este tipo de títulos por su naturaleza, se estima tenedor legítimo a quien dispone de él.

¿Qué debe incluir la demanda de reposición o cancelación de un título valor? La demanda deberá considerar todo lo necesario para el reconocimiento del documento, es decir, los nombres de las partes y el contenido del título valor.

La figura jurídica de la reposición del título valor intenta, sustituir el título valor afectado por uno que facilite la circulación; el propósito de la cancelación es que no lleve a cabo el derecho almacenado en el título, por un individuo que no es tenedor legítimo de éste, debido a que es posible hallarlo o sencillamente lo robó al verdadero tenedor.

Finalmente se debe considerar que estas acciones judiciales, es decir, tanto la de la demanda de cancelación como la reposición de un título valor, interfieren en la prescripción y detienen la caducidad.