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Características del contrato por prestación de servicios



Por Equipo uniderecho.com

Publicado en noviembre 27, 2015

Características del contrato por prestación de servicios

Es importante considerar al momento de buscar y ofrecer empleo la clase de contrato con la que se piensa vincular a un individuo a una empresa, para identificar así los derechos y deberes tanto del empleado como del empleador.  

¿Qué es un contrato por prestación de servicios?

Consiste en una de las formas de vinculación laboral en Colombia más comunes en el área profesional. Más específicamente es un contrato civil que no tiene en cuenta la existencia de un vínculo laboral, porque no existe relación directa entre empleador y trabajador lo que impide que se produzcan una serie de obligaciones legales y laborales, tanto para el contratista como para el contratante.

Diferencias del contrato de prestación de servicios con otras formas de vinculación

Para que haya un contrato de trabajo es necesario que cumpla con las siguientes condiciones esenciales de acuerdo a lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo en Colombia: 

1. Debe haber una obra o labor a realizar por parte del empleado.

2. La remuneración del servicio o labor se da mediante un salario.

3. Debe existir una relación de subordinación o de dependencia del trabajador con el empleador, la cual lo autorice para reclamarle el cumplimiento de órdenes, en cualquier instante, en relación con el tiempo, forma, sitio o cantidad de labores, e imponerle reglamentos.

Si se cumplen las tres condiciones anteriores, la vinculación es y debe ser indispensablemente por medio de un contrato laboral. No obstante, el contrato por prestación de servicios no representa estas mismas exigencias aunque si hay una remuneración por la labor efectuada. 

Beneficios que ofrece el contrato por prestación de servicios

Los beneficios para el contratista consisten en convenir con el contratante un trabajo, un plazo de entrega y unos honorarios por el cumplimiento. Sin embargo, no se encuentra obligado a estar subordinado de forma permanente y, por esta razón, no está sometido a cumplir con las condiciones mencionadas con anterioridad. Esto quiere decir que posee independencia para controlar su tiempo y el método como va a ejecutar la actividad pactada con sus propios criterios, fuentes e insumos de trabajo.

Las ventajas para el contratante es que está libre del pago de prestaciones sociales del contratista, así mismo como de conferir vacaciones remuneradas y suministrar seguridad social –pensión, salud y riesgos profesionales–, las cuales deben correr por cuenta del trabajador independiente.