Información que se debe suministrar sobre los contratos de financiación
Por Equipo uniderecho.com
Publicado en noviembre 24, 2015
La Superintendencia de Industria y Comercio efectuó una lista con toda la información que se debe suministrar en los contratos de adquisición de bienes muebles o prestación de servicios por medio del sistema de financiación.
A continuación te presentamos los datos que son necesarios dar a conocer:
1. Lugar y fecha de celebración del contrato de financiación.
2. Nombre o razón social y residencia del establecimiento.
3. Detalles sobre el bien o servicio objeto del contrato de financiación.
4. El precio de contado así como los descuentos realizados.
5. El valor de la cuota inicial, forma y tiempo de pago, o constancia de cancelación.
6. El saldo del precio pendiente de pago o saldo a financiar, la cantidad de cuotas periódicas en que se llevará a cabo el pago o tiempo de financiación.
7. La tasa de interés remuneratorio que se cobrará por la financiación del pago de la obligación adquirida.
8. De igual modo se debe incluir la tasa de interés moratorio.
9. La tasa de interés máxima legal vigente a la hora de celebrar el contrato.
10. La suma de la cuota que se debe pagar por mes o con la periodicidad convenida.
11. Si como medio de pago se extienden títulos de valores, estos deben reconocerse.
12. Enumerar y detallar la garantías reales o personales del crédito.
13. Indicar el monto que se cobrará como suma adicional a la cuota por concepto de contratos de seguro si se llegasen a contratar y los que pertenecen a cobros de IVA.
14. Señalar de forma expresa la facultad de retractación.
La información que se enumeró anteriormente según la Superindustria debe constar por escrito y proporcionarse al consumidor a más tardar en el instante de la celebración del contrato, el cual él deberá firmarlo como constancia de su recibo.
Por otro lado, no estará sometido a lo establecido en los contratos de adquisición de bienes muebles o prestación de servicios a través del sistema de financiación, la adquisición de bienes muebles o prestación de servicios en los cuales se confiere plazo para pagar el precio sin cobrar intereses sobre el monto financiado, siempre y cuando el precio de venta sea equivalente al precio de contado.